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Regionales - 04/11/2024
JUDICIALES
RAFAELA: CONFIRMARON EN SEGUNDA INSTANCIA LA PRISIÓN PREVENTIVA DEL HOMBRE INVESTIGADO POR EL HOMICIDIO DE NAHUEL AGUSTÍN GAITÁN COMETIDO EN LA CIUDAD
Se trata de CMM de 28 años, a quien se le atribuyó la autoría fue imputado como autor del delito cometido el 3 de junio de este año. Con esta resolución, el imputado deberá continuar privado de su libertad. La investigación está a cargo del fiscal Martín Castellano.
Fiscalía Regional 5
Un hombre de 28 años cuyas iniciales son CMM continuará en prisión preventiva en el marco de la investigación penal que tramita en la Fiscalía Regional 5 por el homicidio de Nahuel Agustín Gaitán cometido el 3 de junio de este año en Rafaela (departamento Castellanos)

Así fue resuelto por el camarista Cristian Fiz, quien confirmó la medida cautelar impuesta por el juez Nicolás Stegmayer en primera instancia.

En el recurso presentado por la Defensa en segundo instancia, solicitaba medidas alternativas no privativas de la libertad para el imputado. Sin embargo, el camarista las rechazó, hizo lugar a lo planteado por la Fiscalía y mantuvo la medida cautelar por el plazo de ley como se venía cumpliendo hasta ahora.

El fiscal que está a cargo de la investigación y que representó al MPA en la audiencia de apelación es Martín Castellano, de la Sección Homicidios de la Fiscalía Regional 5.

Peligros procesales

Castellano sostuvo que “Fiz coincidió con la Fiscalía en que las evidencias que presentamos en la audiencia de medidas cautelares fueron suficientes para tener por acreditada la materialidad y la participación del imputado en el hecho ilícito”.

En relación con la eventual pena en expectativa, el fiscal manifestó que “el camarista también estuvo de acuerdo con el encuadramiento que realizamos desde el MPA, razón por la cual consideró que la prisión preventiva es proporcional con la calificación legal jurídica que definimos”.

“El juez de segunda instancia también consideró que en materia de riesgos procesales, quedó configurada la posibilidad de que el caso se encamine hacia una pena alta y esa circunstancia constituye un criterio establecido para proyectar consecuencias sobre el proceso en marcha”, puntualizó Castellano.

También destacó que “en relación con el entorpecimiento probatorio, Fiz destacó que existen elementos suficientes como para configurar un riesgo que no puede ser conjurado de otro modo que con la prisión preventiva del imputado, adquiriendo relevancia en este sentido el tenor de los hechos descriptos en la imputación del MPA, la carga de violencia y desprecio por la vida de la víctima y el uso de un arma por parte del imputado”.

“Existe una clara necesidad de consolidar tranquilidad a los testigos para que se concrete la investigación en un tiempo breve y puedan declarar de manera libre en un eventual juicio oral”, agregó con respecto a los fundamentos del juez.

Castellano finalizó diciendo que “el magistrado, por esas razones, consideró que las medidas alternativas sugeridas por la defensa no eran suficientes para neutralizar el peligro expuesto”.

Con un cuchillo

Castellano recordó que “el homicidio fue cometido entre las 21:00 y las 21:22 aproximadamente del lunes 3 de junio pasado, cuando el hombre investigado fue al encuentro de Gaitán que estaba escondido en una zona de pastizales y árboles bajos a la vera de un camino de tierra que conducía al asentamiento denominado Villa del Parque”.

El fiscal narró que “en ese lugar, la víctima se había quedado esperando a un amigo que había ido a comprar estupefacientes a ese asentamiento, lugar al que no quería acercarse debido a que allí estaba el imputado, con quien mantenía conflictos personales previos”.

Agregó el funcionario que “no obstante ello, el imputado supo de la presencia de Gaitán, hacia quien se dirigió con un cuchillo de entre 20 y 30 centímetros de largo y con clara intención y voluntad de provocar la muerte de la víctima, le asestó una puñalada en la región abdominal, herida con la gravedad suficiente que provocó su fallecimiento momentos después a pocos metros del lugar de la agresión”.

Fuente: Fiscalía Regional 5

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